La posesión de Representantes y Delegados (as) electos al Consejo de Planeación Local de Engativá se protocolizó mediante ceremonia y con fundamento en el Acuerdo 13 de 2000, en la Circular Conjunta No. 002 de 2020 y en la Resolución No. 008 de 2020.
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Ley 1421 de 1993 y en el Acuerdo 13 de 2000 expedido por el Concejo de Bogotá y,
Que el Acuerdo 13 de 2000 ordena que en cada una de las Localidades del Distrito Capital funcionará un Consejo de Planeación Local, de naturaleza consultiva y que estará conformado por representantes y delegados (as) de diez (10) organizaciones, asociaciones y sectores de la localidad tales como Juntas de Acción Comunal, Padres de Familia, Juveniles, Rectores, Comerciantes, industriales, Gerentes de establecimientos de salud, no gubernamentales, ambientales y comunidades indígenas.
Que los Acuerdos 110 de 2003, 436 de 2010, 505 de 2012, establecen que las Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados, los Consejos Tutelares y las personas con discapacidad, harán parte de los respectivos Consejos Locales de Planeación.
Que la Administración Local, inició el proceso de divulgación, y abrió el proceso de inscripción, presentándose un total de 80 aspirantes para integrar el Consejo de Planeación Local de Engativá, de los cuales 8 no cumplieron, quedando activos 72 aspirantes.
Que en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 6 del Acuerdo Distrital 013 del 2000, con el Oficio No. 20206020035831 se convocó a las Asociaciones, Organizaciones y Sectores Locales de Organizaciones, que presentaron candidatos plurales a integrar el CPL, para que el once (11) de febrero de 2020 a las 9:00 horas, en la Alcaldía Local de Engativá, eligieron un solo delegado y/o representante.
Que el 11 de febrero de 2020 siendo las 09:00 horas, con presencia de Profesionales de la Alcaldía Local, de la Personara Local de Engativá, con delegados del observatorio Ciudadano, con el Delegado IDPAC, las Asociaciones, Organizaciones y Sectores Locales con candidatos plurales, procedieron a elegir a un único representante, así:
Asociación de Juntas de Acción Comunal | Ernesto Perico Triviño |
Organizaciones Juveniles | Ángel Felipe Mendoza Quimbay |
Rectores de Establecimientos Educativos | Karen Dayan Silva Palencia |
Organizaciones de Comerciantes | Nixon Eduardo Sandoval Mateus |
Organizaciones No Gubernamentales | Juan Sebastián Ávila Ciro |
Organizaciones Ambientales | Kateryn Andrea Gordillo Villarraga |
Organizaciones de Adulto (a) Mayor y/o Pensionados | Johanna Andrea López Chaves |
Delegado del Consejo Tutelar | Marta Elena Ruiz Lara |
Representante de Comunidades Indígenas y Étnicas | Nelson Gilberto Tuntaquimba Quinche |
Personas en condición de Discapacidad | Luis Alfredo Grisales Ospina |
En mérito de lo antes expuesto, este Despacho DECRETA:
PRIMERO. Expedir la certificación de delegados (as) y/o representantes de las Asociaciones, Organizaciones y Sectores Locales al Consejo de Planeación Local de Engativá para el periodo 2020 – 2023 a las siguientes personas, identificadas como se expresa en la parte considerativa de este Decreto a Ernesto Perico Triviño, Ángel Felipe Mendoza Quimbay, Karen Dayan Silva Palencia, Nixon Eduardo Sandoval Mateus, Juan Sebastián Ávila Ciro, Kateryn Andrea Gordillo Villarraga, Johanna Andrea López Chaves, Marta Elena Ruiz Lara, Nelson Gilberto Tuntaquimba Quinche, y Luis Alfredo Grisales Ospina.
SEGUNDO. Los representantes y/o delegados (a) integrantes del Comité de Planeación Local de Engativá según el artículo anterior, tomarán posesión ante la Alcaldesa Local de Engativá, ejercerán su cargo por un periodo de cuatro (4) años, ad honórem, sin derecho a honorarios, prestaciones u otros derechos económicos y sin vínculo laboral alguno con la Administración.
TERCERO. Instalar al Consejo de Planeación Local de Engativá para que inicie sesiones, y los delegados (as) y/o representantes desarrollen las tareas que les han sido encomendadas y cumplan las funciones determinadas en la normativa vigente.
CUARTO. Contra el presente acto administrativo proceden los recursos de reposición y apelación contemplados en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Artículos 74 y 76).
QUINTO. Este Decreto Local rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Expedido en Bogotá D.C., a los doce (12) días del mes de febrero de dos mil veinte (2020).
Firmado: Doctora Ángela Vianney Ortiz Roldán, Alcaldesa Local de Engativá
Publicado en el Registro Distrital con el No. 6739 del 18 febrero de 2020
Nombre | Descripción | Tamaño |
20200210082744025.pdf | CIRCULAR CONJUNTA No 005 DE 2020 | 649.14 KB |