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Engativá elige sus Consejeros Locales de Discapacidad

Por: webmasterlocal
Publicado el: Mayo 2021
Invitación primera reunión informativa

Bogotá D.C., mayo 5 de 2021. Del 17 de mayo al 3 de julio los habitantes de Engativá, podrán inscribirse como candidatos(as) o votantes para la elección del Consejo Local de Discapacidad en la página del IDPAC https://www.participacionbogota.gov.co/.

El proceso de elecciones se realizará el 1 de agosto de manera virtual y virtual asistida.

Te invitamos a conocer más participando en la primera Asamblea Informativa, que se llevará a cabo el próximo jueves 13 de mayo de 2:00 p.m. a 4:00 p.m., a través del Facebook de la Alcaldía Local en el siguiente link https://www.facebook.com/Engativalcaldia/videos/317075106645717

Esta instancia coordina políticas, acciones y procesos que promueven la inclusión social y el mejoramiento de la calidad de vida de las personas con discapacidad, sus familias, cuidadoras y cuidadores.

Gracias a la labor permanente de la Secretaría Técnica Distrital de Discapacidad los se logró la coordinación de entrega de ayudas humanitarias a personas con discapacidad residentes en la localidad de Engativá, así como la presentación de la oferta institucional en empleabilidad, educación, salud, servicios sociales con el fin de que puedan acceder a ella y la promoción de su participación activa en los Encuentros, Encuentros Ciudadanos, Presupuestos Participativos, reformulación de la Política Pública De Discapacidad, entre otros.

¿Quiénes conforman el Consejo Local de Discapacidad?
1. El Alcalde Local o su delegado o delegada.
2. Un delegado de la Empresa Social del Estado de primer nivel.
3. Un delegado de la Dirección Local de Educación.
4. Un delegado de la Subdirección Local para la integración Social.
5. Un delegado de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
6. Un delegado de la Secretaría Distrital de Movilidad.
7. Un delegado de la Secretaría del Hábitat.
 
8. Un delegado del Instituto para la Economía Social (IPES).
9. Un delegado del Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal (IDPAC).
10. Un delegado del Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD).
11. Un delegado de la Junta Administradora Local (JAL).
12. Siete (7) representantes de las personas con limitación y/o discapacidad (física, mental, cognitiva, auditiva, visual múltiple y sordo ceguera).

Requisitos para postularse como candidato(a)
Quienes estén interesados en representar a las personas con discapacidad del Consejo Local deben ser personas con discapacidad integrantes de organizaciones.
Presentar Certificado de existencia y Representación Legal de la organización no mayor a tres meses en el que se incluya:
-           Nombre del Representante Legal.
-           Junta Directiva.
-           Dirección de domicilio.
Documento de identidad.
 Ser mayor de 14 años de edad.
Presentar una propuesta o plan de trabajo que indique los lineamientos a seguir en el desempeño de su cargo.
Personas con discapacidad deberán estar incluidas en el Registro para la Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad y/o adjuntar el documento que certifique su condición conforme a la Circular 009 de 2017 y a la Resolución 113 de 2020.
Para la representación de las personas con discapacidad intelectual y múltiple podrán inscribirse como candidatos integrantes de asociaciones legalmente constituidas por: padres, familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil.
Tener domicilio en la localidad, mínimo de seis (6) meses o demostrar que realiza una actividad laboral, educativa o de trabajo comunitario en la misma.
 Los candidatos de las organizaciones no gubernamentales deben ser elegidos en la asamblea de la ONG o por la junta directiva, y deben adjuntar acta y listado de asistencia de la sesión de nombramiento.
Demostrar que la organización ha realizado:
-           Investigaciones.
-           Proyectos.
-           Informes de trabajo social.
Presentar listado con nombres, dirección y teléfono de los integrantes de la organización.

Requisitos votantes
Ser mayor de 14 años.
Documento de identidad.
Personas con discapacidad deberán estar incluidas en el Registro para la Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad y/o adjuntar el documento que certifique su condición conforme a la Circular 009 de 2017 y a la Resolución 113 de 2020.
Personas con discapacidad cognitiva o múltiple podrán ser representados por:
Padres, familiares hasta cuarto grado de consanguinidad, Primero de afinidad Y Segundo civil.
Cada persona con discapacidad no podrá ser representada por más de una vez para votar.
Los representantes de personas con discapacidad cognitiva y múltiple cuyo nivel de desempeño funcional no permita ejercer el voto de manera autónoma, deberán acudir a las Alcaldía Local en donde se realizará el registro y votación virtual asistida.