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Elección de integrantes del Consejo de Planeación Local de Engativá, periodo 2020-2023

Por: webmasterlocal
Publicado el: Enero 2020

Bogotá 15 de Enero del 2020. La Alcaldía Local de Engativá,  invita a todas las organizaciones a formar parte del Consejo de Planeación Local. 
Los nuevos consejeros y consejeras tendrán una misión muy importante en nombre de sus comunidades, liderar una hoja de ruta local basada en agendas participativas y en la posibilidad de concurrir en la priorización y decisión del presupuesto del fondo de desarrollo local para las vigencias 2021-2024, a través de ejercicios de presupuestación participativa y el diseño de obras con saldo pedagógico que garanticen la participación real y organizada de las comunidades.

Conoce aquí la Circular 002 del 8 de enero de 2020, para conocer todo lo concerniente al Proceso de elección de miembros de los Consejos de Planeación Local.
La documentación será recibida a través del correo electrónico participacionalengativa@gmail.com o directamente en la Alcaldía Local de Engativá.
 

¿Quiénes pueden participar?

 
El CPL estará integrado por: 
 

  • Un representante de la asociación de Juntas de Acción Comunal.
  • Un representante de las asociaciones de padres de familia.
  • Un representante de las organizaciones juveniles.
  • Un representante de los rectores de establecimientos educativos.
  • Un representante de las organizaciones de comerciantes.
  • Un representante de las organizaciones de industriales.
  • Un representante de los gerentes de establecimientos de salud pública local.
  • Un representante de las organizaciones no gubernamentales.
  • Un representante de organizaciones ambientales.
  • Un representante de las organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados. Adicionado por el Acuerdo Distrital 436 de 2010.
  • Un representante de las organizaciones de las comunidades étnicas.
  • Un representante de las organizaciones de las comunidades indígenas.
  • Un representante del Consejo Tutelar de los derechos de los niños y las niñas. Según el Acuerdo Distrital 110 de 2003 en su capítulo segundo, articulo 5 parágrafo 1.
  • Un representante de las personas en condición de discapacidad. Según el Acuerdo Distrital 505 de 2012, articulo 27.

 
Adicional a esto, se permitirá la participación de las asociaciones, organizaciones, colectivos o sectores que relacionamos a continuación; previo cumplimiento de los requisitos establecidos para su representación o delegación:
 

  • Un representante de consejeros u organizaciones de Propiedad Horizontal.
  • Un representante de consejeros u organizaciones del sector cultural.
  • Un representante de colectivos u organizaciones de la comunidad LGBTI.
  • Un representante de colectivos u organizaciones de Víctimas del Conflicto Armado.
  • Un representante de colectivos u organizaciones de bici usuarios.
  • Una representante de colectivos u organizaciones de mujeres.
  • Un representante de colectivos u organizaciones locales de comunicaciones.
  • Un representante de colectivos u organizaciones de Servicios Públicos.
  • Un representante de colectivos u organizaciones de libertad religiosa y de cultos.
  • Un representante de colectivos u organizaciones locales de movilidad.
  • Un representante de colectivos u organizaciones animalistas.
  • Un representante de colectivos u organizaciones locales de deportes.
  • Un representante de colectivos u organizaciones de Graffiti. 
  • Un representante del Comité Paritario de Salud y Seguridad en el Trabajo.
  • Un representante de colectivos u organizaciones de defensores de derechos humanos.
  • Un representante de colectivos u organizaciones de barras futboleras.
  • Un representante de colectivos u organizaciones de Hip Hop.

 

¿Cuáles son los requisitos? 

 

  • Los y las aspirantes deberán tener domicilio o residencia en la localidad y tener actividad local no menor a un año en los respectivos sectores u organizaciones a los que representa.
  • Deberán inscribirse por delegación escrita de la persona jurídica que representan en la localidad, cuyo objeto corresponda a los sectores u organizaciones respectivos enunciados anteriormente y radicarla junto con la fotocopia de la cedula de ciudadanía o documento de identidad y los soportes que acrediten domicilio o residencia en la localidad de Engativá.

 

¿Cómo puedo formalizar la inscripción?

 
A partir del miércoles 15 de enero hasta el martes 4 de febrero del 2020 la Alcaldía Local de Engativá habilitará dos formas de inscripción (presencial y virtual) de lunes a viernes en los horarios de 8:30 a.m. a 12:30 p.m. y de 2:00 a 4:30 p.m.
 

  • Presencial: dirigiéndose a la Alcaldía Local de Engativá Calle 71 Nº 73a-43 3er piso.
  • Virtual: mediante el envío de los documentos al siguiente correo: participacionalengativa@gmail.com 

 

¿Qué documentos debo llevar o enviar?

  • Certificado de residencia o recibo de servicio público no mayor a 3 meses.
  • Fotocopia de documento de identidad.
  • Certificado de pertenencia a alguna de las asociaciones (Acuerdo 13 del 2000).

Nota: Recuerde que los documentos deben ser legibles y estar completos, de no ser así su inscripción no será aprobada. 

Archivos adjuntos: 
Nombre Descripción Tamaño
consejo-planeacion-oficio_1.pdf Cronograma y conformación del Consejo de Planeación Local de Engativá 1.51 MB
formulario_de_inscripcion_al_consejo_de_planeacion_local_1_1.pdf FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN AL CONSEJO DE PLANEACIÓN LOCAL (CPL) DE ENGATIVA 2020-2023 243.33 KB