Bogotá 15 de Enero del 2020. La Alcaldía Local de Engativá, invita a todas las organizaciones a formar parte del Consejo de Planeación Local.
Los nuevos consejeros y consejeras tendrán una misión muy importante en nombre de sus comunidades, liderar una hoja de ruta local basada en agendas participativas y en la posibilidad de concurrir en la priorización y decisión del presupuesto del fondo de desarrollo local para las vigencias 2021-2024, a través de ejercicios de presupuestación participativa y el diseño de obras con saldo pedagógico que garanticen la participación real y organizada de las comunidades.
Conoce aquí la Circular 002 del 8 de enero de 2020, para conocer todo lo concerniente al Proceso de elección de miembros de los Consejos de Planeación Local.
La documentación será recibida a través del correo electrónico participacionalengativa@gmail.com o directamente en la Alcaldía Local de Engativá.
¿Quiénes pueden participar?
El CPL estará integrado por:
- Un representante de la asociación de Juntas de Acción Comunal.
- Un representante de las asociaciones de padres de familia.
- Un representante de las organizaciones juveniles.
- Un representante de los rectores de establecimientos educativos.
- Un representante de las organizaciones de comerciantes.
- Un representante de las organizaciones de industriales.
- Un representante de los gerentes de establecimientos de salud pública local.
- Un representante de las organizaciones no gubernamentales.
- Un representante de organizaciones ambientales.
- Un representante de las organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados. Adicionado por el Acuerdo Distrital 436 de 2010.
- Un representante de las organizaciones de las comunidades étnicas.
- Un representante de las organizaciones de las comunidades indígenas.
- Un representante del Consejo Tutelar de los derechos de los niños y las niñas. Según el Acuerdo Distrital 110 de 2003 en su capítulo segundo, articulo 5 parágrafo 1.
- Un representante de las personas en condición de discapacidad. Según el Acuerdo Distrital 505 de 2012, articulo 27.
Adicional a esto, se permitirá la participación de las asociaciones, organizaciones, colectivos o sectores que relacionamos a continuación; previo cumplimiento de los requisitos establecidos para su representación o delegación:
- Un representante de consejeros u organizaciones de Propiedad Horizontal.
- Un representante de consejeros u organizaciones del sector cultural.
- Un representante de colectivos u organizaciones de la comunidad LGBTI.
- Un representante de colectivos u organizaciones de Víctimas del Conflicto Armado.
- Un representante de colectivos u organizaciones de bici usuarios.
- Una representante de colectivos u organizaciones de mujeres.
- Un representante de colectivos u organizaciones locales de comunicaciones.
- Un representante de colectivos u organizaciones de Servicios Públicos.
- Un representante de colectivos u organizaciones de libertad religiosa y de cultos.
- Un representante de colectivos u organizaciones locales de movilidad.
- Un representante de colectivos u organizaciones animalistas.
- Un representante de colectivos u organizaciones locales de deportes.
- Un representante de colectivos u organizaciones de Graffiti.
- Un representante del Comité Paritario de Salud y Seguridad en el Trabajo.
- Un representante de colectivos u organizaciones de defensores de derechos humanos.
- Un representante de colectivos u organizaciones de barras futboleras.
- Un representante de colectivos u organizaciones de Hip Hop.
¿Cuáles son los requisitos?
- Los y las aspirantes deberán tener domicilio o residencia en la localidad y tener actividad local no menor a un año en los respectivos sectores u organizaciones a los que representa.
- Deberán inscribirse por delegación escrita de la persona jurídica que representan en la localidad, cuyo objeto corresponda a los sectores u organizaciones respectivos enunciados anteriormente y radicarla junto con la fotocopia de la cedula de ciudadanía o documento de identidad y los soportes que acrediten domicilio o residencia en la localidad de Engativá.
¿Cómo puedo formalizar la inscripción?
A partir del miércoles 15 de enero hasta el martes 4 de febrero del 2020 la Alcaldía Local de Engativá habilitará dos formas de inscripción (presencial y virtual) de lunes a viernes en los horarios de 8:30 a.m. a 12:30 p.m. y de 2:00 a 4:30 p.m.
- Presencial: dirigiéndose a la Alcaldía Local de Engativá Calle 71 Nº 73a-43 3er piso.
- Virtual: mediante el envío de los documentos al siguiente correo: participacionalengativa@gmail.com
¿Qué documentos debo llevar o enviar?
- Certificado de residencia o recibo de servicio público no mayor a 3 meses.
- Fotocopia de documento de identidad.
- Certificado de pertenencia a alguna de las asociaciones (Acuerdo 13 del 2000).
Nota: Recuerde que los documentos deben ser legibles y estar completos, de no ser así su inscripción no será aprobada.