ALCALDÍA LOCAL DE ENGATIVA Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

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Deberes y derechos de los consumidores


La Alcaldía Mayor de Bogotá mediante el Decreto 633 de 2017 delegó a los Alcaldes Locales, la facultad para ejercer en el ámbito de su territorio las mismas funciones administrativas de control y vigilancia que la Superintendencia de Industria y Comercio, consagradas en el artículo 62 de la Ley 1480 de 2011 del Estatuto del consumidor, disponible en este link https://www.personeriabogota.gov.co/archivos/1630-ley-1480-de-2011.pdf

Los alcaldes locales son los encargados de la verificación, control de precios y medidas de artículos requeridos por los consumidores, lo cual se denomina Metrología Legal. Si encuentran irregularidades en los establecimientos de comercio relacionadas con este tema, pueden imponer multas de hasta de cien (100) salarios mínimos mensuales legales vigentes, previo procedimiento establecido en el Código Contencioso Administrativo o cuando se considere procedente imponer una medida distinta o una multa superior, remitiendo lo actuado a la Superintendencia de Industria y Comercio para que decida, este procedimiento puede ser consultado en http://gaia.gobiernobogota.gov.co/sites/default/files/sig/procedimientos/get-ivc-p047_0.pdf

La Alcaldía Local de Engativá, la Personería Delegada para la Defensa y Protección de los Derechos Colectivos y del Consumidor y la Superintendencia de Industria y Comercio, tienen la misión de velar y proteger los derechos de los consumidores e informarles la importancia del cumplimiento de sus deberes. Estos son algunos de ellos: 

Derechos del consumidor

• Obtener productos con calidad e idoneidad.
• Recibir información veraz, suficiente, precisa, oportuna e idónea de los productos y/o servicios y los riesgos que puedan derivarse de su consumo o utilización, los mecanismos de protección de sus derechos y las formas de ejercerlos.
• A reclamar ante el  productor, proveedor o prestador de un servicio y obtener reparación integral, oportuna y adecuada de todos los daños sufridos, así como a obtener acceso a las autoridades judiciales o administrativas para el mismo propósito.
• Protección al firmar un contrato. 
• Elegir libremente los bienes y servicios que requieran.
• Participación: proteger sus derechos e intereses organizándose, eligiendo a sus representantes, participando y buscando ser oídos por quienes cumplan funciones públicas en el estudio de las decisiones legales y administrativas que les conciernen, y obtener respuestas a sus observaciones.
• Tener representación para reclamar
• Recibir información y capacitación sobre consumo, derechos de los consumidores, formas de hacer efectivos sus derechos y demás materias relacionadas.
• Protección contra los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad.
• Tener pronta respuesta en las actuaciones administrativas. 

Deberes del consumidor     

• Informarse acerca de la calidad de los productos y analizar las instrucciones que para tal efecto entregue el productor o proveedor en relación con su adecuado uso, consumo, conservación e instalación.
• Analizar con atención la información que se le suministre en los mensajes publicitarios.
• Obrar de buena fe frente a los productores, proveedores y autoridades públicas.
• Cumplir con las normas de reciclaje y manejo de desechos de bienes consumidos.
• Celebrar las transacciones de bienes y servicios dentro del comercio legalmente establecido. 

Para más información consultar: 

Decreto 633 de 2017 http://www.gobiernobogota.gov.co/sgdapp/sites/default/files/normograma/soporte%20de%20publicaci%C3%B3n%20decreto%20casa%20del%20consumidor.pdf

Entidades donde se pueden reportar casos de vulneración de derechos como consumidor

 


Instancias de participación
La Alcaldía Local de Engativá, la Personería Delegada para la Defensa y Protección de los Derechos Colectivos y del Consumidor y la Superintendencia de Industria y Comercio, tienen la misión de velar y proteger los derechos de los consumidores e informarles la importancia del cumplimiento de sus deberes.